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Acapulco: Recibos de luz sin costo hasta febrero 2024


Se ha dispuesto que la tarifa final de suministro eléctrico básico de la Comisión Federal de Electricidad sea de cero pesos

por: Redacción 2023 NYV Redacción 2023 NYV

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La Secretaría de Hacienda, en respuesta a la Declaratoria de Desastre Natural tras el impacto devastador del huracán Otis en Acapulco y Coyuca de Benítez, ha dispuesto que la tarifa final de suministro eléctrico básico de la Comisión Federal de Electricidad sea de cero pesos hasta el inicio de febrero del próximo año. Este ajuste tarifario se aplica a los consumos realizados en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como en enero de 2024.

 

El Acuerdo, emitido por el secretario de Hacienda federal, Rogelio Ramírez de la O, el 21 de diciembre, establece que los proveedores de servicios básicos en los mencionados municipios deberán aplicar una tarifa final de $0 para los consumos realizados durante el periodo mencionado. Esta medida excepcional tiene como objetivo beneficiar a los residentes afectados por el huracán Otis, que causó al menos 52 muertes y numerosas personas desaparecidas entre el 24 y 25 de octubre.

 

La normalización de los cobros de energía eléctrica se reanudará a partir del 1 de febrero de 2024, según lo estipulado en el Acuerdo. Además, se dicta que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público será responsable de interpretar, para efectos administrativos, lo establecido en el documento, asegurando una aplicación coherente y eficaz de la medida dispuesta. Así lo ordena el documento girado por el secretario de Hacienda federal:

ARTÍCULO PRIMERO. Los suministradores de servicios básicos que sean permisionarios conforme a la Ley de la Industria Eléctrica deberán aplicar en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez del estado de Guerrero, la cantidad de cero pesos como tarifa final de suministro básico a los usuarios de energía eléctrica para los consumos realizados en los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2023 y enero de 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO. La secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará para efectos administrativos lo previsto en el presente acuerdo.

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